¿Ha fallecido un familiar? ¿Sabes cuales son los pasos que tienes que seguir?

PASOS QUE TIENES QUE SEGUIR PARA REGULARIZAR UNA HERENCIA
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A mi entender, creo que es una de las peores cosas que nos puede pasar, "despedirnos y vivir el momento de la muerte de un ser amado"

En ocasiones,  al menos una de las partes, sumergido en su profundo dolor tiene que enfrentarse a lo complejo del procedimiento burocrático. Espero con esta nueva entrada poder simplificarles las dudas y los pasos que tienen que seguir a los efectos de arreglar la herencia de un familiar fallecido.

1.- Obtener el certificado de defunción:- Normalmente este certificado lo entregará la compañía de decesos en un plazo aproximado de 15 días a contar desde la fecha de fallecimiento del difunto.

2.- Solicitar el certificado de última voluntad.- Este certificado nos indica si el fallecido otorgó testamento, bajo que fecha y ante que notario. Una vez la compañía de decesos nos haya entregado el certificado de defunción, debemos acudir  a las oficinas de atención al público del Ministerio de Justicia o en algunos municipios al Juzgado de Paz, rellenar el impreso, pagar la tasa correspondiente y nos lo darán.

3.- Certificado de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento.- Normalmente la notaría donde vayas a formalizar la Aceptación y Adjudicación de herencia lo podrá solicitar.

Una vez haya obtenido los certificados anteriormente reseñados tendrá que:

4.- Solicitar copia autorizada del testamento para el supuesto caso de que el difunto haya testado, o para el otro supuesto, que el fallecido no haya otorgado testamento, promover la declaratoria de herederos, es el momento en el que se abriría la sucesión intestada.

5.- Calcular el inventario de bienes.- Este trámite consiste en determinar el caudal relicto que es la suma de los bienes, derechos y obligaciones dejados al fallecimiento del causante. Para ello, deberás aportar escrituras, documentos privados, certificados de saldos, etc. Es primordial que se lleve a cabo de forma rigurosa y detallada, sobre todo para el supuesto caso de que las propiedades que se van heredar, su finalidad sea la de transmitirlas con posterioridad a la Aceptación de la Herencia a los efectos de evitar conflictos futuros.

7.- Adjudicación y reparto de la herencia.- Se trata del reparto de los bienes, derechos y obligaciones recogidos en la fase de inventario. Llegados a este punto, tiene que haber un acuerdo unánime entre todos los herederos a efectos de la adjudicación. En ocasiones, puede darse el caso de que sea decisión unánime de los herederos no llevar a cabo el reparto según la disposición testamentaria, teniéndose que compensar los excesos de adjudicación.

8.- Una vez se haya formalizado la Aceptación y Adjudicación de herencia ante notario, debemos pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD) que se deberá abonar en un plazo máximo de 6 meses a contar desde la fecha de fallecimiento del finado, aunque se puede solicitar una prórroga de 6 meses más.

9.- En el caso de herencia de bienes inmuebles, deberás liquidar también el Impuesto sobre el Incremento de Valor de Terrenos de Naturaleza Urbana (Plusvalía) ante el Ayuntamiento que corresponda por la ubicación de el/los inmueble/s.

10.- Inscripción en el Registro de la Propiedad correspondiente.




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