DOCUMENTACION NECESARIA PARA LA COMERCIALIZACION Y VENTA DE SU PROPIEDAD

 ¿ SABES QUE DOCUMENTACION NECESITAS ANTES DE PONER A LA VENTA TU PROPIEDAD?

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1.- Nota simple informativa

Es un documento que emite el Registro de la Propiedad que lleva la demarcación donde está ubicado su inmueble que especifica quien es el propietario y las características de la propiedad. También indica el estado de cargas y deudas. Se necesita antes de publicar el inmueble para comprobar que el inmueble es apto para la comercialización ( titularidad, superficie, etc.). Es obligatorio y necesario tenerla en la fase de pre-comercialización, en la fase de negociación y en la fase de venta.


2.- Certificado de Calificación Energética


Es un documento que informa sobre el consumo energético de su propiedad en condiciones normales. Para obtenerlo, has de contactar con un técnico autorizado que inspeccionará el inmueble y le enviará el certificado con el resultado del análisis. Es recomendado tenerlo para el anuncio en portales inmobiliarios y necesario para la firma de la compraventa.


3.- Cédula de Habitabilidad

La cédula de habitabilidad tiene una vigencia de entre 5 y 15 años, según la comunidad autónoma. Por tanto, debes verificar si la tienes y, en tal caso, si ha caducado. Si no está vigente debes contratar al técnico, pero si, por ejemplo, la has perdido teniendo validez, solo debes pedir una copia al ayuntamiento. Es un documento que acredita que la vivienda objeto de transmisión cumple con los requisitos de habitabilidad fijados por la ley. Puede obtenerla en la Oficina de Vivienda o el Ayuntamiento. Solo es obligatorio, en Asturias, Baleares, Cantabria, Cataluña, Comunidad Valenciana, Extremadura, La Rioja, Murcia y Navarra.

En Canarias, no es obligatorio siempre y cuando los suministros estén dados de alta. Para el supuesto caso, de que la empresa suministradora le haya dado de baja, tendría que solicitar copia en el Ayuntamiento. En el supuesto caso, de que nunca se haya obtenido y la edificación existente fuese anterior a la fecha de publicación del Decreto 117/2006 se tendría que solicitar por Declaración Responsable.

4.- Planos de la vivienda

Los planos de la vivienda son aconsejables si estás vendiendo un inmueble a reformar, sobre todo si es una vivienda. Muchos compradores lo necesitaran para ver las posibilidades y la proyección de una posible reforma. Necesitarán saber sobre la disposición de los espacios y las paredes maestras.

5.- Escritura de compraventa.

6.- Certificado de ITE

El Certificado de Inspección Técnica del Edificio es un documento que certifica el estado de habitabilidad de la finca donde está ubicado el piso o la casa. Es obligatorio para los edificios con una antigüedad superior a 50 años.

Si existen causas justificadas para no tener este certificado al momento de la venta, el comprador te podrá exonerar de su presentación. Para ello, deberás notificarlo con antelación las condiciones de la finca y este deberá estar de acuerdo en comprar el piso en esta situación. El notario tendrá que dar fe de ello en la escritura.

7.- Estatutos de la Comunidad de Propietarios.

Es el documento mediante el cual los propietarios establecen las obligaciones y derechos.

8.- Certificado de la Comunidad de Propietarios

Es un documento que emite el secretario de la Comunidad de Propietarios con el visto bueno del Presidente, que nos informa que el vendedor esta al corriente en el pago tanto de las cuotas ordinarias como de las derramas. Todas las derramas aprobadas en Junta de Propietarios con anterioridad a la transmisión patrimonial serán de cuenta exclusiva del vendedor.

9.- Ultimo recibo del IBI pagado

Es el impuesto sobre Bienes Inmuebles, un tributo que pagan todos los propietarios por ser dueños de un inmueble urbano. Este certificado indica que estamos al corriente de nuestras obligaciones tributarias. En caso de no tenerlo, la notaria solicitara un certificado de estar al corriente en deuda de IBI.

10.- Ultimas facturas pagadas de suministros

11.- Certificado de Deuda

Si no has terminado de pagar la hipoteca, puedes liquidar la deuda con el importe de la compraventa del piso. Para ello tienes que llevar un certificado de deuda pendiente emitido por tu banco. El banco del comprador extenderá un cheque a tu banco con el saldo pendiente y uno a tu nombre con el resto del dinero de la compraventa. Esto acto se produce el día de la firma de la venta de su propiedad.

Los documentos anteriormente reseñados, unos se necesitarán en la pre-comercialización y otros en la venta.


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